viernes, 31 de diciembre de 2010

SENTENCIA CON POCO ECO



SENTENCIA CON POCO ECO

Se ve muy poco reflejada en la prensa la sentencia de la Audiencia de Guipúzcoa  contra cuatro de los quince guardias civiles que fueron juzgados en San Sebastián por "maltratar" a los etarras Igor Portu y Martín Sarasola, condenados ambos a más de mil años de cárcel por los dos asesinatos de la Terminal 4 de Barajas.

La sentencia condena a un cabo a cuatro años y medio de cárcel y a 8 días de localización permanente como responsable de dos delitos de torturas graves y un delito y una falta de lesiones.

A otro de los guardias civiles acusados le impone dos años y medio y dos años y 8 días de localización permanente a los dos agentes restantes. También inhabilita al sargento por 16 años y por 8 años a los otros tres condenados.

Además deberán indemnizar con 18.000 euros a Portu y 6.000 a Sarasola, por el daño físico y psíquico causado a los dos asesinos, de la que declara responsable civil subsidiario a la Guardia Civil.

Parece que la sentencia solamente da credibilidad a los asesinos y sus testigos, al parecer parientes de etarras o pertenecientes a HB, y en cambio no cree ni siquiera a los peritos presentados por la defensa de los agentes encausados. 


Es curioso que la sentencia diga en primer lugar que "la declaración incriminatoria de quién afirma ser víctima del hecho ilícito puede constituir prueba de cargo suficiente para fundamentar una sentencia condenatoria". O sea, que basta con acusar para que se te otorgue la razón. Y aunque se sabe que Txeroki  había escrito en un documento intervenido a ETA, que "las torturas falsas sufridas por Igor en manos del enemigo, van por buen camino", los jueces han concluido que tal vez Txeroki no contaba con una"información correcta". Y eso a pesar de que la sentencia de la Audiencia Nacional que condenaba a los asesinos etarras, descartaba por completo que estos hubiesen sido torturados.

No pongo en duda en absoluto la sentencia, que para eso están los jueces. Basta con leerla, para no tener la menor duda. Ahora, como persona con derecho a pensar por mí misma, me pregunto, de un lado, si hay libertad suficiente para juzgar en un lugar donde te amenazan con un tiro en la nuca a ti o a tus parientes, a las primeras de cambio, y de otro, si el protocolo para detener a unos asesinos que portan unas mochilas cargadas de explosivos, pistolas y revólveres es del estilo de: _ por favor, caballero, ¿le importaría dejar en el suelo la mochila e introducirse en el coche patrulla para acompañarme al cuartel?_ . _No, en absoluto, mi sargento, lo que usted disponga, a sus órdenes_.

No sé por qué me da a mí que las cosas no se desarrollan así en estos casos, que los etarras tienen órdenes de denunciar lesiones e incluso de producírselas ellos mismos dándose golpes contra el coche patrulla o contra un árbol, y que si dos asesinos armados hasta los dientes salen huyendo y los agentes detrás, y se les echan encima para detenerlos, en el forcejeo que sobreviene lo menos que puede ocurrir es que el asesino sufra "una luxación", que parece que es lo que alega uno, y una fractura costal que alega el otro.

Y dicho esto, espero que la sentencia sea recurrida y llegue a la Audiencia Nacional.

Y recuerdo que en EEUU, que tantas admiraciones suscita entre el Gobierno, los asesinos quizás no estarían condenados a nada porque habrían fallecido en el "forcejeo".

Piensen ustedes por sí mismos.

2 comentarios:

Juncal dijo...

Lo que no se puede entender es, si en su día se modificaron los órganos jurisdiccionales para entender de las causas sobre terrorismo, pasando todas a jurisdicción de la Audiencia Nacional para evitar que los órganos judiciales territoriales se vieran influenciados a la hora de administrar sentencias, ¿por qué las denuncias presentadas por los terroristas por sus propias acciones, que no dejan de estar relacionadas con el propio terrorismo, como es su detención y puesta a disposición judicial de individuos autores de un hecho terrorista, no son entendidas por la propia Audiencia Nacional?. Es curioso, en este caso sí entienden los órganos judiciales territoriales, y sí se permite que se puedan ver influenciados por los asesinos, ya que evidentemente son sabedores de que el Guardia Civil no le va a esperar en la esquina para darle un tiro en la nuca al Magistrado. ¿Porqué no juzga en estos casos la Audiencia Nacional a los supuestos autores de "torturas" a unos asesinos?. ¿Donde está la opinión del máximo responsable de la Guardia Civil, señor Rubalcaba, o es que es parte de la confraternización con los terroristas?, ¿O tambien entra dentro de los posibles acuerdos Gobierno ETA?. "En Navidad los terroristas a su casa y los Guardia Civiles a la cárcel".

Ishtar dijo...

Esperemos que esa sentencia sea debidamente apelada por los órganos superiores de la Guardia Civil, por el Ministro de Interior o por las propias defensas de los acusados.
No obstante, me dan muy mala espina las declaraciones de Basagoiti sobre que en este caso "ha funcionado el Estado de Derecho". Pues si éste, que es del PP, dice eso, no esperaría yo mucho más del PSOE. Ya veremos. Esperemos que el Estado de Derecho consista también en poder apelar y que se tengan en cuenta los testimonios de los peritos que presenten las defensas de los guardias civiles acusados.
Un saludo.