NO A CUALQUIER PRECIO
Alberto Jorge Barreiro, magistrado del tribunal Supremo que instruye la causa contra Baltasar Garzón, por ordenar las escuchas de las conversaciones mantenidas entre los imputados y sus abogados en prisión en el caso Gürtel, cree que los ciudadanos no asumen que la verdad material de un proceso se busque "a cualquier precio".
Por esta razón rechaza el recurso de Garzón contra la resolución en la que el pasado mes de octubre acordó continuar este procedimeinto y dar un plazo a las partes para que solicitaran la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el archivo de la causa. En la resolución que ahora confirma el Supremo, Barreiro encuentra indicios para juzgar a Garzón por delitos de prevaricación y contra las garantías constitucionales.
En su impecable Auto, Barreiros dice que "en un Estado de Derecho el fin de la búsqueda de la verdad material, no justifica cualquier medio, sino que son los medios normativizados con garantías constitucionales los que justifican y legitiman la verdad procesal obtenible".
"En los Estados constitucionales de derecho son los medios impregnados de garantías constitucionales los que legitiman los fines, y no a la inversa". No ser puede decir más claro.
A juicio de Barreiros cualquier ciudadano que se hallase en situación de preso preventivo por haber sido encausado en un proceso penal y que, después de dos meses de instrucción, comprobara que las conversaciones privadas y profesionales que ha mantenido con su letrado han sido integramente grabadas por el juez instructor, "estimaría que no se hallaba en un estado de Derecho".
Garzón ha defendido las escuchas asimilándolas a casos de graves asesinatos como el de Marta del Castillo, pero ese supuesto, según el instructor no es asimilable al que ahora se dilucida. Critica además Garzón la extensión del auto que ahora es confirmado, a lo que el instructor contesta que no es desproporcionado teniendo en cuenta que las partes han presentado más de 300 folios tratando las cuestiones jurídicas que suscitan las escuchas que son objeto del proceso.
Y añade algo muy importante, que la extensión se ha debido sobre todo a la "singular posición jurídica" adoptada por la Fiscalía, que ha defendido una tesis "sustancialmente contraria a las garantías constitucionales y legales", al dar validez como fuente de prueba a las grabaciones realizadas a los letrados en la cárcel.
Garzón ha alegado que ordenar las escuchas era la única manera de evitar que ocultaran pruebas o se perdieran los fondos que manejaban presuntamente los implicados, a lo que el Juez Barreiros contesta que "en un Estado de Derecho a un preso preventivo no puede privárserle ni limitársele de forma sustancial su derecho de defensa por la posibilidad o probabilidad de que ponga a buen recaudo el fruto económico de su actividad delictiva".
Además explica que dado el elevado número de delitos económicos que se enjuician en España y de delitos de otra índole que también generan ingresos ilícitos susceptibles de ser ocultados "el derecho de defensa quedaría excluido de facto o mermado de forma capital en un elevado número de procesos con presos preventivos".
Un Auto Magistral, ya digo. Seguramente el mismo Garzón no desearía que sus conversaciones con sus defensas, en los numerosos casos que tiene abiertos, fueran grabadas.
Sin embargo esa frase "no a cualquier precio", me ha hecho recordar aquél juez dispuesto a juzgar a los GAL, a seguirlos tan de cerca como para aceptar un puesto en la política y olvidarse de ellos justo hasta que se dio cuenta de que le habían tomado el pelo y nunca iba a ser nombrado ministro, entonces decidió volver a investigar los GAL.
Y más tarde, ese mismo juez, decidió que había que enterrar el caso Faisán como fuera. No, no todo vale; a cualquier precio, no, porque por ese camino nos cargamos el Estado de Derecho.
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