domingo, 23 de enero de 2011

EUROPA CONDENA A ESPAÑA POR NO INDEMNIZAR DEBIDAMENTE LOS ERRORES JUDICIALES


EUROPA CONDENA A ESPAÑA POR NO INDEMNIZAR DEBIDAMENTE LOS ERRORES JUDICIALES

Por ser cicatera, vamos, y pretender arreglarlo todo con un puñadito de euros.

 Roberto E.J. pasó tres años en la cárcel  a pesar de que había restos de sangre y semen que lo exculpaban.

A Rafael Ricardi Robles un tribunal lo condenó a 13 años de cárcel por una violación que no había cometido. Diez años después aparece la prueba de ADN que demuestra que Ricardi nada tuvo que ver con la violación. ¿Quién le devuelve esos años perdidos en la cárcel? El Estado decidió que lo justo era pagarle 120 euros por cada día que pasó a la sombra, y le dio 550.600 euros, a pesar de que Ricardi pedía mucho más.

Ahora, una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo de fecha de julio pasado, condena a nuestro país a pagar una indemnización a una persona que fue enviada a prisión de forma preventiva durante seis meses por robar presuntamente unas colmenas, posteriormente otro tribunal revocó la condena por falta de pruebas. El TEDH señala que con estas prácticas España viola la presunción de inocencia y el convenio europeo (anda que cuando se enteren del Proyecto Pajín de invertir la carga de la prueba) y que si un inculpado queda absuelto, los motivos dan igual. A todos los efectos es inocente y debe ser indemnizado adecuadamente por daños morales por su injusta estancia en prisión. De lo contrario se daría a entender que un tribunal lo absuelve, aún considerándole culpable, por falta de pruebas para condenarle, lo cual sería completamente injusto. 


En el artículo 6 del convenio europeo de Derechos Humanos, se señala que toda persona acusada de una infracción  es inocente hasta que su culpabilidad haya sido legalmente declarada. Así que una vez que la absolución sea firme, no hay motivos de dudas y se deben indemnizar los daños materiales y morales.

Esta sentencia sienta doctrina y hay muchos casos pendientes que se van a agarrar a ella, por ejemplo, Dolores Vázquez, que estuvo largos meses en la cárcel acusada en el caso Waninnkhof y tantos otros que después de pasar por la cárcel resultan inocentes y el estado les da una palmadita en la espalda y les dice, usted perdone, hermano.

Porque resulta que en España la Ley Orgánica del Poder Judicial no contempla en ningún momento que una persona que haya sufrido prisión preventiva y luego sea absuelta del delito que se le imputaba, tenga derecho a una indemnización. Solamente cuentan aquí para la ley aquellas personas que sean absueltas "por inexistencia del hecho imputado o porque por esta misma causa haya sido dictado acto de sobreseimiento libre". Es decir que la persona no llegue a ir a juicio por el archivo de la causa o que la sentencia diga de forma meridianamente clara que es inocente y nada tiene que ver con los hechos enjuiciados. Si queda absuelto por falta de pruebas, aquí la ley sostiene que no será indemnizado.

Otro tema que nos aleja de Europa, y eso que tenemos firmado el convenio de Derechos Humanos. Por si alguien lo desconoce, adjunto el dicho artículo seis.

                                            Artículo 6

                      Derecho a un proceso equitativo

1. Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída de manera equitativa, públicamente y dentro de un
plazo razonable, por un tribunal independiente e imparcial, establecido por la ley, que decidirá de los
litigios sobre sus derechos y obligaciones de carácter civil o sobre el fundamento de cualquier
acusación en materia penal dirigida contra ella. La sentencia debe ser pronunciada públicamente, pero el acceso a la sala de audiencia puede ser prohibido a la prensa y al público durante la totalidad o parte
del proceso en interés de la moralidad, del orden público o de la seguridad nacional en una sociedad
democrática, cuando los intereses de los menores o la protección de la vida privada de las partes en el
proceso así lo exijan o en la medida en que sea considerado estrictamente necesario por el tribunal,
cuando en circunstancias especiales la publicidad pudiera ser perjudicial para los intereses de la
justicia.

2. Toda persona acusada de una infracción se presume inocente hasta que su culpabilidad haya sido
legalmente declarada.

3. Todo acusado tiene, como mínimo, los siguientes derechos:

A.-  A ser informado, en el más breve plazo, en una lengua que comprenda y detalladamente, de la
naturaleza y de la causa de la acusación formulada contra él;

B.-  A disponer del tiempo y de las facilidades necesarias para la preparación de su defensa;

C.-  A defenderse por sí mismo o a ser asistido por un defensor de su elección y, si no tiene medios
para remunerarlo, poder ser asistido gratuitamente por un abogado de oficio, cuando los
intereses de la justicia lo exijan;

E.- A interrogar o hacer interrogar a los testigos de cargo y a obtener la comparecencia e
interrogatorio de los testigos que declaren en su favor en las mismas condiciones que los testigos de cargo;


E.-  A ser asistido gratuitamente por un intérprete, si no comprende o no habla la lengua empleada en la audiencia.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

¿No acabo de entender eso de Europa condena a España?
Acaso los españoles tienen que pagar los errores y a veces los engaños de otros.
Hace poco vimos como uno de estos dioses se le escapaban unos traficantes, también y más vergonzoso todavía el caso de la niña de Huelva y muchos afectados del 11M aun no saben quien puso las bombas, ni que explosivo se utilizó.
Tampoco acabo de comprender muchas otras cosas, pero sí sé que las estamos pagando los demás.

Un saludo
Ka

Ishtar dijo...

Pues me temo que sí, que el país entero se ve obligado a sufrir los errores de sus gobernantes, aunque algunos no votamos a Rodríguez lo pasamos igual de mal que los que sí le votaron, ¡cosas de la democracia!.
El otro día leí un artículo en el que alguien decía que si hubiera antes de las próximas elecciones una nueva masacre, igual volvían a votar a Rodríguez, parece que mucha gente relaciona ambas cosas. Peligrosa relación esa.
Saludos